Abogados critican al Govern por frenar la reinserción de sin papeles
La Generalitat aconsejará repatriar a los sin papeles presos al superar la mitad de su condena
03/09/2011 10:57 / B. BENÍTEZ / D. AYLLÓN
El anuncio de la Generalitat, que aconsejará repatriar a los sin papeles presos al superar la mitad de su condena, sin poder acceder a medidas de reinserción como la libertad provisional, es para SOS Racismo "la materialización del racismo de Estado".
Así lo afirmó ayer la portavoz de SOS Racisme,Jose Peñín, para quien la medida es "discriminatoria" e "incumple la Constitución", porque esta marca que la reinserción social del reo es uno de los objetivos de la condena. La portavoz sustentó que afirmar que el problema de la masificación en las cárceles catalanas se solucionará expulsando a los irregulares es "ingenuo".
SOS Racismo tacha la medida que impulsa Catalunya de "discriminatoria"
La prohibición de medidas de reinserción preocupa a la ONG: ¿Qué pasará con los que no puedan ser repatriados por falta de convenios con sus países de origen?
En la misma línea se postula la presidenta de la Associació Catalana de Professionals de l'Estrangeria, Olga Hernández, quien considera que la Generalitat "quiere ahorrar prescindiendo de derechos de los presos sin papeles", como el régimen abierto o las salidas programadas, alegando que, ya que se les va a expulsar, no es "coherente" que se posibilite su reinserción. Hernández pone también el foco en el arraigo: "Alguien de 20 años que vive en España desde los 13 está desarraigado en su país, no aquí". "¿Y qué ocurre con los que han tenido hijos en España o han contraído matrimonio con un español durante la condena?", reflexiona el portavoz del Consejo General de la Abogacía Española, Javier Galparsoro, que añade que "estamos expulsando a presos reinsertables".
"Expulsamos a presos reinsertables", critica un portavoz de la abogacía
El letrado afirma que la expulsión mediada la condena que empezará a practicar la Genetalitat el 15 de septiembre es un "mal menor" frente a las repatriaciones actuales que esperan a que se cumpla toda la condena. Pero Galparsoro es partidario de otra alternativa, la de no imponer las dos penas a los reclusos (cárcel y expulsión), ya que la ley establece que el juez ha de elegir entre una u otra.
La posibilidad de repatriarles antes de terminar la condena se aprobó en diciembre de 2010. Desde entonces, el artículo 89 del Código Penal permite la expulsión tras cumplir tres cuartas partes o dos terceras de la condena, "pero no la mitad", tal y como ha ordenado la Generalitat, apunta. Galparsoro opina que, si fuese una cuestión económica, sería más barato expulsarles al principio, en lugar de meterles en prisión para repatriarlos unos años después.
Separados de sus familias
El representante de la Asociación de Trabajadores e inmigrantes Marroquís de Catalunya (Atimca), Kamal Benbrahim, afirma que muchos de los presos llevan años viviendo en España y que ha sido precisamente una larga condena la que ha provocado que se caduque su permiso de residencia. "Han cometido errores, pero son personas que ya están establecidas aquí con sus familias y no eran ilegales", subrayó.
Así, recuerda el caso de un marroquí con el que trabaja Atimca en un centro de ayuda a presos. Tras 20 años en Catalunya, no tiene más opción que marcharse a Marruecos y dejar a su mujer y sus hijos. "Entendemos que un delincuente que nunca ha tenido permiso de residencia aquí y esté en la cárcel pueda ser repatriado, pero que se haga con los que llevan años con papeles está fuera de lugar", concluye.
http://www.publico.es/espana/394191/catalunya-aconsejara-a-los-presos-sin-papeles-dejar-espana
Centro penitenciario de Llenoders, en San Joan de Vilatorrada. José COLÓNhttp://medios.mugak.eu/noticias/noticia/290357
http://medios.mugak.eu/noticias/noticia/290356
Catalunya aconsejará a los presos sin papeles dejar España
La Generalitat dará opción a seguir en prisión u obtener la libertad condicional en el país de origen
D. CORDERO / D. AYLLÓN BARCELONA / MADRID 02/09/2011
Centro penitenciario de Llenoders, en San Joan de Vilatorrada. José COLÓNLa Generalitat pretende reducir la comunidad reclusa que forman los inmigrantes sin papeles en Catalunya. Para ello, a través de una nueva circular instruida por el Departament de Justícia, aconseja a los reos sin permiso de residencia ni de trabajo que regresen a sus países de origen cuando hayan rebasado la mitad de su condena. El Gobierno catalán asegura que quiere dar un nuevo rumbo a su política penitenciaria, pero también aplicar medidas que puedan ahorrar costes con una reducción de presos.
La nueva circular instruida por el Departament de Justícia supondrá también un endurecimiento real de las penas, ya que la orden, que entrará en vigor a partir del 15 de septiembre, supondrá la prohibición de que estos reclusos tengan acceso al régimen abierto y a salidas programadas, como sucedía hasta ahora.
Los sin papeles ya no podrán beneficiarse del régimen abierto
"Es una cuestión de coherencia", señaló ayer el director general de Servicios Penitenciarios de la Generalitat, Ramon Parés. Se refería a la contradicción, según él, que representa que los presos sin papeles se beneficien de instrumentos penitenciarios pensados para "preparar la libertad", cuando la realidad para estos reos es que, una vez han cumplido su pena al completo, agentes de la Policía Nacional les esperan a las puertas de la prisión para detenerles e iniciar el proceso de expulsión.
La orden cuenta con opiniones favorables, como la del abogado Jaume Asens, que considera que esta política de Justicia evitará la denominada "doble pena": la de cumplir la condena y la de la posterior expulsión.
Desde la Generalitat se reitera que todo el proceso respetará siempre el deseo de los reos. Parés añadió ayer a este diario: "No renunciaremos a pedir la expulsión aunque no lo quiera el preso, pero lo plantearemos a partir de la voluntariedad".
La Generalitat intenta ahorrar y evitar prisiones masificadas
Servicios Penitenciarios cuenta con diversas hipótesis de partida para aplicar la nueva instrucción de la consejería. Para aquellos reclusos sin papeles que han cumplido la mitad de la condena, la Generalitat les conminará a aceptar seguir la libertad condicional en su país de origen.
Otra opción se basa en que el reo inmigrante sin papeles sea trasladado a una prisión de su país para seguir allí la condena, pero esta medida en la mayoría de los casos quedaría descartada por la precariedad de determinados sistemas penitenciarios en países en vía de desarrollo. Una última opción pasa porque la Fiscalía pueda proponer al juez o al tribunal correspondiente la expulsión del preso sin documentación, después de ser informado por Servicios Penitenciarios.
Unos 2.000 sin papeles
La decisión de la Generalitat, e incluso la orden que entrará en vigor el 15 de septiembre, tiene su modelo en el Estado central. Una orden similar de Instituciones Penitenciarias de 2001 precede a la actual orden redactada por el Gobierno de CiU, que abre un viejo debate sobre esa doble condena que, según algunos juristas, padecen los inmigrantes sin papeles. De hecho, según los datos de Parés, en España ya ha habido unos 2.000 casos de trasladocon la medida que ahora se quiere aplicar en Catalunya.
La instrucción de la Generalitat también pretende resolver otro problema muy en boga en las administraciones públicas: la falta de recursos. La Generalitat cree que esta instrucción podría reducir el número de presos con medidas de este tipo y el gasto que llevan asociados. Con sus más de 10.000 reclusos, las 11 prisiones catalanas están masificadas y "los costes son elevados", asume Parés, quien afirma que "si medio millar de presos optara por irse, supondría vaciar una prisión".
En todo caso, el alto cargo asegura que la Generalitat no ha realizado ningún cálculo sobre las consecuencias que podría tener la medida sobre las arcas públicas, ni del número de sin papeles que podrían optar por la expulsión. Actualmente, alrededor del 45% de los reclusos en cárceles catalanas son inmigrantes un porcentaje muy superior al 37% del conjunto de las prisiones españolas y, de estos, unos 2.000 no tienen documentación para ser considerados legales.
La ausencia de papeles para poder trabajar y la falta de familia en España es el argumento aducido por el Govern para sostener este tipo de medidas, al considerar que al no poder asegurarse la reinserción en la sociedad es absurdo que personas sin papeles pueblen las cárceles catalanas cuando su futuro seguirá en sus países. "No es un tema ideológico", asegura Parés, que incluso afirma que ha hablado de esta decisión con sindicatos y otras organizaciones y que estas han aprobado la medida.
Sea como sea, la nueva orden supondrá un refuerzo del control de los extranjeros sin papeles, por lo cual la Unidad de Gestión Penitenciaria deberá facilitar cada mes un listado de personas en situación irregular antes de que hayan completado la mitad de la condena.
Críticas a la medida
Las expulsiones de sin papeles después de haber cumplido sus condenas en prisión tienen dividida a la abogacía española. Javier Galparsoro, portavoz del Consejo General de la Abogacía Española, ha sido testigo de expulsiones de este tipo en el Centro Penitenciario de Basauri (Bilbao) y apunta que "ahora son mucho más habituales que años atrás".
En la actualidad, la tramitación de la expulsión consiste en que la Policía inicia un expediente de expulsión contra los sin papeles cuando los condenados se encuentran aún en sus últimos meses de condena. En cuanto los condenados cumplen su pena y ponen un pie fuera de la cárcel, un coche patrulla les está esperando para encerrarlos en un Centro de Internamiento para Extranjeros (CIE). Y de allí, son trasladados al aeropuerto para meterles en un vuelo a su país.
Instituciones Penitenciarias reconoce que, si se trata de una persona que no tiene arraigo, este "procedimiento" es habitual: Se avisa a la Policía antes de que el condenado salga de la cárcel para que lo traslade al CIE de inmediato. En estos lugares, pueden permanecer hasta 60 días mientras el Gobierno trata de orquestar su expulsión al país de origen.
Dos millares de indocumentados pueblan las 11 prisiones catalanas
El debate entre los abogados, explica Galparsoro, surge por esa doble condena a la que se somete a los extranjeros: "¿Se debería poder expulsarlos después de cumplir la pena de seis años de cárcel? ¿Qué sentido tiene entonces haberlos mantenido seis años en una cárcel española? ¿Y dónde queda el proceso de reinserción?".
El abogado Sergi Santacana, del Col·lectiu Ronda, aporta dudas sobre la conveniencia de forzar la expulsión. Cita por ejemplo el caso de que la mujer y los hijos residan en España y el hombre, encarcelado, sea invitado a abandonar el país. "No se podría explicar una medida de este tipo", asegura, si bien considera que el sistema actual tampoco es el mejor.
En caso de que el juez considere que la expulsión de España es el procedimiento idóneo, la ley permite obviar la pena de cárcel. Este procedimiento está recogido en el artículo 89 del Código Penal, que señala que en penas privativas de libertad "inferiores a seis años" podrán ser sustituidas por "su expulsión del territorio español". Precisamente esta es la medida en la que se apoya la Generalitat para poner en marcha su nueva directriz.
Cancelación de antecedentes
En caso de no ser expulsados del país durante los 60 días de encierro en el CIE, los reos sin papeles quedan en libertad. Pero no pueden regularizar su situación hasta que se cancelen sus antecedentes penales. Estos duran entre seis meses para las penas leves y cinco años para las graves, según el artículo 136.2 del Código Penal.
La población extranjera representaba el pasado junio el 36% del total de internos de las cárceles españolas. El perfil más común es el de una persona que ha cometido un delito contra la salud pública, normalmente vinculado al tráfico de drogas, según detallan fuentes de Instituciones Penitenciarias. Las dos nacionalidades principales, tras la española, son la marroquí y la colombiana.
El riesgo de fuga impide que los internos accedan a permisos o al régimen abierto
El Periódico de Cataluña, , 2011-09-02La circular de Serveis Penitenciaris considera lógico denegar la concesión de permisos a los reclusos extranjeros indocumentados, ya que existe un alto riesgo de que no regresen a la cárcel. Aunque la extranjería por sí misma no pueda considerarse causa de denegación, se ha de tener en cuenta, de forma cualificada, la existencia de apoyo social, familiar e institucional. Por simple coherencia, la instrucción también impide acceder al régimen abierto a las personas con una resolución judicial o administrativa de expulsión del territorio.
FOMENTO DE UN PRECEPTO RECOGIDO EN EL CÓDIGO PENAL
Los presos sin papeles cumplirán media pena si regresan a su país
Justícia impulsa la medida para desmasificar los centros penitenciarios La propuesta será solo para extranjeros irregulares castigados a menos de seis años
El Periódico de Cataluña, J. G. ALBALAT BARCELONA , 2011-09-02La Conselleria de Justícia ofrecerá a los presos extranjeros sin papeles la posibilidad de cumplir la mitad de la condena impuesta por el juez (hasta un máximo de seis años de cárcel) a cambio de ser expulsados de España y retornar a su país de origen. Este es uno de los aspectos que recoge una circular de la Direcció de Serveis Penitenciaris, que entrará en vigor el 15 de septiembre, en la que por primera vez se establecen los mecanismos aplicables a los internos foráneos sin residencia administrativa reglada. En la actualidad, la población reclusa extranjera en Catalunya supone el 45,4% del total (4.885 personas de 10.751). Unos 2.000 de estos presos no tienen los papeles en regla. La medida persigue, según Justícia, desmasificar los centros penitenciarios. Las sucesivas reformas legislativas sobre extranjería y en materia penal apuestan por las políticas de retorno a los países de origen de las personas extranjeras que cometan determinados delitos y, en especial, de todas aquellas que no tengan regularizada su situación administrativa. El artículo 89 del Código Penal establece que las penas privativas de libertar inferiores a seis años impuestas a un extranjero en situación irregular serán sustituidas en la sentencia por su expulsión del territorio español, salvo que se aprecien razones que justifiquen lo contrario. Eso sí, el inmigrante expulsado no podrá regresar a España en un plazo de cinco a 10 años. Los datos oficiales desvelan que el 37,70% de inmigrantes presos están en la cárcel por tráfico de drogas y el 32,02%, por robos
PRIMAR EL RETORNO Hasta ahora, esta medida, que debe ser acordada por la autoridad judicial, apenas se ha aplicado y de ahí que, en la actualidad, exista un porcentaje importante de reclusos con estas características. La maquinaria para hacer cumplir este precepto se ha puesto en marcha. La Fiscalía de Barcelona ya está primando la expulsión de los simpapeles a enviarlos a prisión y la Conselleria de Justícia ha reorganizado el procedimiento que pasa, sobre todo, por informar a estos recluso de su situación y la posibilidad de acogerse de forma voluntaria a retornar a su país. En casos conflictivos no se descarta forzar su salida. «Hay un porcentaje importante de reclusos que no tienen permiso de residencia, ni trabajo. No hay visos de que lo tengan en un futuro y menos con la crisis. Cuando salgan a la calle, estas personas tiene muchas posibilidades de que la policía los detenga por no tener papeles y los expulse o de que reincidan y vuelvan a ingresar en la cárcel. No se cumple, por tanto, el principio de rehabilitación recogido por la Constitución», explica Ramón Parés, director general de Serveis Penitenciaris de la Generalitat.
ANTE EL FISCAL De ahí que con la circular se abra la puerta a estos reclusos para que después de cumplir la mitad de la condena la autoridad judicial acuerde su libertad condicional y su repatriación. «El problema es que nunca se les ha hablado claro. A partir de ahora, se les informará de que pueden ahorrarse si quieren la mitad de la pena y volver a su país en libertad», detalló Parés. La circular precisa que la voluntariedad no es una exigencia legal pero que es recomendable. Si no se puede conseguir este requisito, la Unidad de Gestión Penitenciaria debe comunicar a la fiscalía que el recluso sin papeles ha cumplido la mayor parte de la condena impuesta, en aras a que se pueda plantear al juez la sustitución de la pena por la expulsión.
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