CONTROL DE LA IMMIGRACIÓ IRREGULAR A CATALUNYA
El menor que eviti la prova d’edat serà considerat adult
Instrucció de la fiscalia per calcular els anys dels joves immigrants
EL PERIÓDICO BARCELONA
La Fiscalia de Catalunya ha dictat una instrucció que ordena catalogar com a adults els immigrants irregulars que tinguin una edat dubtosa, assegurin ser menors i no acceptin sotmetre’s a les proves forenses per poder comprovar-ho.
La instrucció, firmada per la fiscal superior de Catalunya, Teresa Compte, adverteix del creixent nombre d’estrangers sense família, la majoria procedents de països del golf de Guinea, que afirmen ser menors d’edat i ho acrediten amb passaports i inscripcions de naixement, tot i que el seu aspecte físic ho desmenteix, segons l’agència Efe.
La fiscal alerta ara de l’elevat nombre d’estrangers en aquesta situació, que en ocasions arriben a ocupar més de la meitat de les places dels centres d’acollida, amb els problemes que planteja el seu internament amb menors i la dedicació de recursos assistencials i formatius reservats per als més joves.
299 CASOS DUBTOSOS / L’any 2010, la fiscalia va ordenar practicar diligències per determinar l’edat de 299 immigrants no acompanyats, dels quals 136 van acabar sent catalogats com a adults, segons la memòria del ministeri públic corresponent al 2010.
La circular de la fiscalia coincideix amb dues sentències recents que han posat en dubte la fiabilitat de les proves radiològiques al canell i la dentadura que s’utilitzen per determinar l’edat dels menors. Les associacions de defensa d’aquests joves immigrants argumenten que els exàmens tenen un marge d’error de dos anys i que la gran corpulència dels subsaharians acaba perjudicant-los.
La instrucció assenyala igualment que hi ha països que tenen registres civils de dubtosa fiabilitat i que emeten passaports a partir de les dades que proporciona oralment l’interessat, mentre que en d’altres, com Costa d’Ivori, Ghana o Togo, no s’inscriu els nens amb un nom fins que han transcorregut uns quants anys des del seu naixement.
El menor que sigui sotmès a una prova haurà de ser informat del procés i de les seves conseqüències, si calgués mitjançant un intèrpret, i examinat pel forense, sempre que el seu aspecte sigui el d’un adult, que el fiscal no apreciï que es tracta d’un menor «contumaç o temorós» i que no hi hagi altres dades en el seu expedient que ho desaconsellin.
http://www.elmundo.es/accesible/elmundo/2011/07/09/barcelona/1310204633.html
Instrucción dictada por la Fiscalía de la comunidad
Cataluña catalogará como adultos a los inmigrantes que rechacen pasar pruebas de edad
Efe @ 09-07-2011 11:43
![[Fotonoticia]](http://estaticos02.cache.el-mundo.net/movil/elmundo/imagenes/2011/07/09/barcelona/1310204633_0_orig.jpg)
Barcelona.- Los extranjeros irregulares que se nieguen a someterse a análisis para comprobar su edad serán catalogados como adultos.
La Fiscalía de Cataluña ha dictado una instrucción que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores, cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo.
En su instrucción, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes, en su mayoría africanos, que piden protección institucional acreditando en sus pasaportes que son menores de edad, aunque su aspecto físico indica lo contrario.
En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.
La circular de la Fiscalía coincide con dos recientes sentencias que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiológicas -fundamentalmente de la muñeca y la dentadura- que se utilizan para determinar la edad de los menores, unos exámenes que según las asociaciones de defensa de esos jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia.
En su instrucción, Teresa Compte alerta de que va en aumento el número de extranjeros sin familia, en su mayoría procedentes de países del golfo de Guinea, que afirman ser menores de edad, acreditándolo con pasaportes e inscripciones de nacimiento, pese a que por su aspecto físico parece evidente que son adultos.
Copan centros de acogida
Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida, con los problemas que plantea el hecho de estar "mezclados" con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos.
La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles de dudosa fiabilidad y emiten pasaportes a partir de la mera manifestación sobre datos personales, mientras en otros, como Costa de Marfil, Ghana o Togo, no se inscribe a los niños con un nombre hasta transcurridos varios años, en los que se reflexiona largamente para decidir el que más le conviene.
En los países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a los criterios médicos para determinar la edad en los casos dudosos.
En esas situaciones, la circular de la Fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas correspondientes, incluida la ortopantomográfica o radiografía de la dentadura.
El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor "contumaz o temeroso" y que no haya otros datos en su expediente que apunten a lo contrario.
La circular subraya la obligación del menor de colaborar para que se determine su edad y establece que, de confirmarse que el inmigrante no es adulto, debe notificarse a la Dirección General de Atención a la Infancia y ser inscrito en el Registro de Menores no acompañados
En caso de determinarse que se trata de un adulto sin permiso para residir en España, la Fiscalía deberá notificarlo a la Oficina de Atención al Migrante, a los efectos de que lo haga saber a la Policía, a la DGAIA y al fiscal delegado de extranjería.
Una expulsión dificultosa
Los menores no acompañados no sólo disponen de protección institucional, que les comporta alojamiento y manutención en casas de acogida, sino que su expulsión es muy dificultosa al disponer de mayores garantías que las de un adulto.
De hecho, en 2010 Fiscalía archivó la decena de expedientes abiertos en años anteriores para la repatriación de menores extranjeros no acompañados, por la existencia de un proyecto de vida para el menor en España y por el desconocimiento de las circunstancias familiares en su país de origen.
El inmigrante que rechace el chequeo de edad será penalizado
La fiscalía ordena que sea considerado adulto
EL PAÍS - Barcelona - 10/07/2011
La Fiscalía de Cataluña ha dictado una instrución que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo. En su instrucción, informa Efe, la fiscal superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes, en su mayoría africanos, que piden protección institucional acreditando en sus pasaportes que son menores de edad, aunque su aspecto físico indica lo contrario. En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de otros tantos inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.
Quienes critican la prueba alegan que tiene un margen de error de dos años
La circular de la fiscalía contradice dos sentencias que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiológicas -fundamenalmente de la muñeca y la dentadura- que se utilizan para determinar la edad de los menores, unos exámenes que, según las asociaciones de defensa de los jóvenes inmigrantes, tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia.
En su instrucción, Teresa Compte alerta de que va en aumento el número de extranjeros sin familia, en su mayoría procedentes de países del golfo de Guinea, que afirman ser menores de edad y lo acreditan con pasaportes e inscripciones de nacimiento, pese a que por su aspecto físico parece evidente que son adultos. Según la fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida, con los problemas que plantea el hecho de estar "mezclados" con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a estos.
La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles de dudosa fiabilidad y emiten pasaportes a partir de la mera manifestación sobre datos personales, mientras que en otros, como Costa de Marfil, Ghana y Togo, no se inscribe a los niños con un nombre hasta transcurridos varios años, durante los cuales se reflexiona largamente para decidir el que más le conviene. Cuando se trata de países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a los criterios médicos para determinar la edad en los casos dudosos. En esas situaciones, la circular de la fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas correspondientes, incluida la ortopantomográfica o radiografía de la dentadura. El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias, pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor "contumaz o temeroso" y que no haya otros datos en su expediente que indiquen lo contrario.
En enero de este año, una juez de Barcelona cuestionó estas pruebas radiológicas. El autor destacaba que "no se ha aportado informe médico-forense acerca del margen de error, incidencia de la raza en este margen y grado de fiabilidad de la prueba". La juez, por el contrario, precisaba que el pasaporte es el documento idóneo para determinar la edad del joven y que se convierte en prueba sin necesidad de legalizar su validez porque, en el caso que le ocupaba, no había convenio internacional con el país de procedencia.
El Tribunal Supremo ya ha cuestionado en alguna sentencia las pruebas radiológicas y ha considerado el pasaporte del menor una prueba más determinante.
Catalunya deja en segundo plano las pruebas de edad a los inmigrantes
La Fiscalía ordena catalogar como adultos a aquellos que aseguren ser menores
Por: PUBLICO.ES / EFE 09/07/2011 17:29
La Fiscalía de Cataluña ha dictado una instrucción que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores, cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo.
En su instrucción, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes que piden protección institucional acreditando que son menores de edad, aunque su aspecto indica lo contrario.
En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.
Aumenta el número de extranjeros sin familia que afirman ser menores La circular de la Fiscalía coincide con dos recientes sentencias que han puesto en duda las pruebas radiológicas, fundamentalmente de la muñeca y la dentadura, utilizadas para determinar la edad de los menores. Exámenes que según las asociaciones de defensa de esos jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia.
Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida. Esto último plantea una serie de problemas entre los que destaca el estar "mezclados" con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos.
La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles dudosos y emiten pasaportes con los datos personales. A esto se le añade que otros países como Costa de Marfil, Ghana o Togo, no inscriben a los niños con nombre hasta varios años después, cuando se reflexiona para decidir el que más le conviene.
Pruebas para saber la edad
En los países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a los criterios médicos para determinar la edad en los casos dudosos.
En esas situaciones, la circular de la Fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas correspondientes, incluida la ortopantomográfica o radiografía de la dentadura.
El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor "contumaz o temeroso" y que no haya otros datos en su expediente que apunten a lo contrario.
Imágenes
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=871978
Fiscalía catalogará como adultos a los menores que se nieguen a pasar pruebas
09-07-2011 / 11:40 h
En su instrucción, a la que ha tenido acceso Efe, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes, en su mayoría africanos, que piden protección institucional acreditando en sus pasaportes que son menores de edad, aunque su aspecto físico indica lo contrario.
En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.
La circular de la Fiscalía coincide con dos recientes sentencias que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiológicas -fundamentalmente de la muñeca y la dentadura- que se utilizan para determinar la edad de los menores, unos exámenes que según las asociaciones de defensa de esos jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia.
En su instrucción, Teresa Compte alerta de que va en aumento el número de extranjeros sin familia, en su mayoría procedentes de países del golfo de Guinea, que afirman ser menores de edad, acreditándolo con pasaportes e inscripciones de nacimiento, pese a que por su aspecto físico parece evidente que son adultos.
Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida, con los problemas que plantea el hecho de estar "mezclados" con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos.
La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles de dudosa fiabilidad y emiten pasaportes a partir de la mera manifestación sobre datos personales, mientras en otros, como Costa de Marfil, Ghana o Togo, no se inscribe a los niños con un nombre hasta transcurridos varios años, en los que se reflexiona largamente para decidir el que más le conviene.
En los países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a los criterios médicos para determinar la edad en los casos dudosos.
En esas situaciones, la circular de la Fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas correspondientes, incluida la ortopantomográfica o radiografía de la dentadura.
El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor "contumaz o temeroso" y que no haya otros datos en su expediente que apunten a lo contrario.
La circular subraya la obligación del menor de colaborar para que se determine su edad y establece que, de confirmarse que el inmigrante no es adulto, debe notificarse a la Dirección General de Atención a la Infancia y ser inscrito en el Registro de Menores no acompañados En caso de determinarse que se trata de un adulto sin permiso para residir en España, la Fiscalía deberá notificarlo a la Oficina de Atención al Migrante, a los efectos de que lo haga saber a la Policía, a la DGAIA y al fiscal delegado de extranjería.
Los menores no acompañados no sólo disponen de protección institucional, que les comporta alojamiento y manutención en casas de acogida, sino que su expulsión es muy dificultosa al disponer de mayores garantías que las de un adulto.
De hecho, en 2010 Fiscalía archivó la decena de expedientes abiertos en años anteriores para la repatriación de menores extranjeros no acompañados, por la existencia de un proyecto de vida para el menor en España y por el desconocimiento de las circunstancias familiares en su país de origen. EFE

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